viernes, 31 de mayo de 2013

Cabildo Abierto Poder Popular en Gobierno. Estado Lara


LA RED NACIONAL DE COMUNEROS Y COMUNERAS DEL ESTADO LARA  COMO PARTE DEL CONSEJO POLITICO REVOLUCIONARIO CONVOCA A TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANOS DEL MUNICIPIO IRIBARREN A UN CABILDO ABIERTO PARA DEBATIR SOBRE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO , TODA VEZ QUE EL SINDICATO AUTOMOTOR HA PRETENDIDO IMPONER TARIFAS Y ESQUEMAS DE SERVICIOS QUE AFECTAN AL PUEBLO, SIN CONSIDERAR DE MANERA INTEGRAL ESTE SERVICIO Y LOS TRABAJADORES QUE LO PRESTAN EN CALIDAD DE AVANCES.

ESTE CABILDO ABIERTO ESTA PREVISTO PARA EL LUNES 3 DE JUNIO A PARTIR DE LAS 9 A.M. EN LA PLAZA BOLIVAR DE BARQUISIMETO Y EL DICHO MECANISMO DE PARTICIPACIÓN DEMOCRATICO ESTA AMPARADO EN LA CONSTIRUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, EN LAS LEYES DEL PODER POPULAR Y EL LA LEY ORGANICA DE REGIMEN MUNICIPAL, ESPECIFICAMENTE EN EL SIGUIENTE AERTICULALDO:

Capítulo II
De los Medios de Participación

Artículo 261
Los medios de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía, son aquellos a través de los cuales los ciudadanos y ciudadanas podrán, en forma individual o colectiva, manifestar su aprobación, rechazo, observaciones, propuestas, iniciativas, quejas, denuncias y, en general, para expresar su voluntad respecto a asuntos de interés colectivo. Los medios de participación son, entre otros, los siguientes:

1. Cabildos abiertos. 2. Asambleas ciudadanas.

3. Consultas públicas.

4. Iniciativa popular.

5. Presupuesto participativo.

6. Control social.

7. Referendos.

8. Iniciativa legislativa.

9. Medios de comunicación social alternativos.

10. Instancias de atención ciudadana.

11. Autogestión.

12. Cogestión.




Artículo 264
Las decisiones adoptadas en cabildos abiertos serán válidas con la aprobación de la mayoría de los presentes, siempre y cuando sean sobre asuntos atinentes a su ámbito espacial y sin perjuicio de lo establecido en la legislación respectiva.

Artículo 265
La Asamblea de ciudadanos y ciudadanas es un medio de participación en el ámbito local de carácter deliberativo, en la que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar por sí mismos, y cuyas decisiones serán de carácter vinculante.

Artículo 266
La Asamblea de ciudadanos y ciudadanas estará referida a las materias que establece la ley correspondiente, debe ser convocada de manera expresa, anticipada y pública. Sus decisiones tienen carácter vinculante para las autoridades, deben contribuir a fortalecer la gobernabilidad, impulsar la planificación, la descentralización de servicios y recursos, pero nunca contrarias a la legislación y los fines e intereses de la comunidad y del estado.

EN FUNCION DE LO AQUÍ PLANTEADO ESPEPRAMOS QUE LOS ONSEJOS COMUNALES, COMUNAS Y DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PARTICIPEN CON SUS PROPUESTAS Y EXHORTAMOS A LA CIUDADANA ALCALDESA DEL MUNICIPIO IRIBARREN, PROFESORA AMALIA SAENZ Y A TODOS LOS CONSEJALES Y CONSEJALAS DE LA CAMARA MUNCIPAL PAPRTICIPEN Y ASUMAN, COMO ASÍ LO DEJO EXPRESAMENTE PLANTEADO NUESTRO COMANDANTE SUPREMO HUGO CHAVEZ, QUE ELLOS DEBEN MANDAR OBEDECIENDO AL PUEBLO SOBERANO.


PODER COMUNAL EN GOBIERNO DEL ESTADO LARA.

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